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Voto de personas en situación de prisión preventiva oficiosa 59
En la mayoría de los ordenamientos constitucionales la participa-
ción en la vida política se atribuye a la totalidad de la ciudadanía9,
por lo que todos deberían ser titulares del derecho de sufragio, inclu-
yendo menores y mayores, capaces e incapaces; sin embargo, el hecho
de que la totalidad sean titulares del derecho no significa que todos
puedan ejercer una de sus facultades, quizá la más relevante, votar,
pues son electores, y solo pueden emitir el sufragio, quienes estén en
pleno uso de sus derechos políticos, siendo este el tema a tratar en el
siguiente apartado.
II. LÍMITES AL DERECHO FUNDAMENTAL DE
SUFRAGIO ¿CÓMO OPERAN?
En este momento parece existir un consenso amplio respecto a la
estructura y eficacia de los derechos fundamentales, en prácticamente
la mayoría de las teorías que los estudian y explican: son inalienables,
pero no ilimitados10.
Todo derecho es susceptible de limitaciones, inclusive, el contorno
mismo de su aplicación requiere ser delimitado. Estructuralmente, es-
ta característica de limitación responde a una innegable coexistencia
de múltiples derechos y principios que son ejercidos o reivindicados
frente a otros derechos de igual entidad.
Esta coexistencia produce, en no pocas ocasiones, que los derechos
entren en conflicto con otros principios que conforman la vida en so-
ciedad y se consideran indispensables para mantener el orden público
y la paz social; motivo por el cual, la estructura de los valores y prin-
cipios produce que unos como otros tiendan a colisionar.
9 Artículo 40 de la Constitución colombiana; 9.2 de la española; enmienda XV
de la estadounidense; artículo 35 de la mexicana; 129 de la panameña; 31 de la
peruana; 77 de la uruguaya; 62 de la venezolana.
10 En este sentido, es posible consultar las siguientes obras: Alexy, Robert, Teoría
de los derechos fundamentales, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales,
1997, pp. 98-131. Nino, Carlos Santiago, Ética y derechos humanos, Barcelona,
Ariel, 1989, p. 261. Ss. Rawls, John, Teoría de la justicia, Madrid, Fondo de
Cultura Económica, 1995, p. 46.