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52 Felipe de la Mata Pizaña
FROMOW RANGEL, María de los Ángeles, Recepción de los criterios y
jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la
reforma penal en México desde la perspectiva de la SETEC, en García Ra-
mírez, Sergio, Olga Islas de González Mariscal y Mercedes Peláez Ferrus-
ca (coords.), Criterios y jurisprudencia interamericana de derechos hu-
manos: influencia y repercusión en la justicia penal, México, IIJ-UNAM/
Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, 2014.
INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES 2019, Comisión Nacional de Dere-
chos Humanos. Disponible en línea en: http://informe.cndh.org.mx/me-
nu.aspx?id= 30087. Consultado el 27 de febrero de 2020.
PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Juris-
prudencia 33/2011, de rubro DERECHO AL VOTO. SE SUSPENDE
POR EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN O DE VIN-
CULACIÓN A PROCESO, SÓLO CUANDO EL PROCESADO ESTÉ
EFECTIVAMENTE PRIVADO DE SU LIBERTAD, Semanario Judicial
de la Federación y su Gaceta, Tomo I, número de registro 161099, sep-
tiembre de 2011, p. 6.
PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NA-
CIÓN, Jurisprudencia 107/2012, de rubro PRINCIPIO PRO PERSONA.
CRITERIO DE SELECCIÓN DE LA NORMA DE DERECHO FUNDA-
MENTAL APLICABLE. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,
10ª Época, Libro XIII, octubre de 2012, Tomo 2, p. 799.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL CUAR-
TO CIRCUITO, Tesis aislada número IV.2º. P.35 P, de rubro SUSPEN-
SIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS. AL SER CONSECUENCIA DE
UN AUTO DE FORMAL PRESIÓN O DE SUJECIÓN A PROCESO
ES IMPROCEDENTE DECRETAR LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO
DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN),
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo
XXV, enero de 2007, p. 2372.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Principios Rectores
del Sistema Acusatorio. Disponible en línea en: https://es.slideshare.net/
lancadiz/ principios-rectores-del-sistema-acusatorio. Consultado el 28 de
febrero de 2020.
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN,
Jurisprudencia 39/2013, de rubro SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS
POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO PREVISTA EN LA
FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 38 CONSTITUCIONAL. SÓLO
PROCEDE CUANDO SE PRIVE DE LA LIBERTAD, Gaceta de Juris-
prudencia y Tesis en materia electoral, año 6, número 13, 2013, pp. 76,
77 y 78.