Contribuir en la formación cívica y en el desarrollo del sistema democrático; promover y garantizar el ejercicio de los derechos políticos; así como organizar los procesos electorales y de participación ciudadana conforme a los principios rectores de la función electoral
Somos una institución electoral consolidada, que cuenta con la confianza ciudadana y es referente a nivel nacional por sus altos estándares de calidad en los procedimientos encaminados al fortalecimiento de la democracia.
La Constitución Política del Estado de Querétaro en su artículo 32 señala que el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, cumplirá sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad, legalidad y probidad.
De la misma manera, el artículo 4 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro establece como principios rectores en el ejercicio de la función electoral la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.
Referida a la calidad en la aplicación de la norma que debe regir las actividades realizadas por el Instituto y que otorga a éstas veracidad y certidumbre, existiendo garantía sobre la disposición aplicable.
Se encuentra reflejada en la actitud que deben asumir los integrantes del organismo electoral, en el ejercicio de sus funciones las cuales no podrán someterse a intereses personales o de partidos políticos.
Se establece como una de las características de la que dispone el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, y que le es concedida por la Constitución Política local, para que la toma de decisiones sea realizada con absoluta libertad y apego a las disposiciones que la regulan, sin coacción alguna.
Determina que todos los actos así como la información que emana del Instituto Electoral del Estado de Querétaro tiene el carácter de públicos, únicamente podrán reservarse cuando las leyes en la materia así lo dispongan.
Definida como el atributo del cual se verán investidos todos los actos realizados por dicho organismo en el ejercicio de sus atribuciones y en el desempeño de sus funciones. Los actos de la autoridad electoral estarán siempre apegados a derecho, observando para ello la puntual aplicación de las disposiciones constitucionales, así como la ley de la materia.
Implica un conocimiento razonado y coherente de los hechos acorde con el entorno social, mismos que no deberán verse afectados por las diversas opiniones que pudieran incidir sobre las resoluciones que tome el Instituto.
De acuerdo a lo que dispone la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, corresponde al Instituto Electoral del Estado de Querétaro ejercer funciones en las siguientes materias:
Los Servicios y Programas que ofrece este Organismo Electoral, tienen su fundamento principal en lo estipulado por el Artículo 32 de la Constitución Política del Estado de Querétaro en su Primer Párrafo, que refiere: "El Instituto Electoral del Estado de Querétaro, es el organismo público local en materia electoral en la Entidad, en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes que de ambas emanan. Gozará de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones y contará con un órgano de dirección superior integrado conforme a las leyes." Adicionalmente a lo anterior, el Artículo 56 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, menciona los fines de este Instituto Electoral Local, los cuales son:
La última década del siglo XX es determinante para el desarrollo político del país. Uno de los hechos más significativos para el sistema político mexicano lo constituye el traslado de la función electoral a un órgano de Estado dotado de autonomía, independiente de las fuerzas políticas y confiado a ciudadanos sin militancia partidista.
En el plano local, la reforma constitucional que da paso a la creación del Instituto Electoral de Querétaro, se concreta en el segundo semestre de 1996 y le son trasladadas atribuciones antes en manos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y de los Ayuntamientos.
El 16 de agosto de ese año sesiona la LI Legislatura del Estado para aprobar las nuevas disposiciones contenidas en la Constitución local en materia electoral, y que constan en el Periódico Oficial La Sombra de Arteaga del 12 de septiembre.
El 20 de noviembre de 1996 es aprobada la nueva Ley Electoral del Estado, que se publica en La Sombra de Arteaga del 5 de diciembre. Como primer acto derivado del nuevo diseño institucional el 15 de diciembre aprueba la Legislatura el decreto mediante el cual son nombrados los Consejeros Electorales que tendrán como tarea inmediata hacer la declaratoria formal del inicio del proceso electoral para la renovación de la totalidad de los cargos de elección popular en 1997.
Luego de que la reforma constitucional en materia electoral que fuera publicada el 10 de febrero de 2014 marcara la pauta para la transformación del sistema electoral del país, en el ámbito local la Constitución Política del Estado de Querétaro reformó diversas disposiciones para homologar el nuevo modelo electoral, es así que el 26 de junio del mismo año se crea el Instituto Electoral del Estado de Querétaro como el organismo público local que sustituye al Instituto Electoral de Querétaro.
De manera consecuente, el 29 de junio de 2014 se promulga la Ley Electoral del Estado de Querétaro, en donde quedan estipuladas las atribuciones así como los mecanismos de interacción y coordinación a que deberá circunscribirse la autoridad electoral local.
Es el órgano máximo de dirección del Instituto, el cual tiene la obligación de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia electoral que se le han encomendado. El colegiado está integrado por siete Consejerías Electorales con derecho a voz y voto designadas por el INE, una de las cuales realiza las funciones de Presidencia; por el o la titular de la Secretaría Ejecutiva y las personas que representan a los partidos políticos con registro nacional o estatal, quienes concurren solo con derecho a voz.
Tiene entre sus atribuciones procurar la unidad y la cohesión de las actividades de los órganos del Instituto; vigilar el cumplimiento de los acuerdos aprobados y representarlo ante los distintos órdenes de gobierno; convocar y conducir las sesiones del Consejo General; remitir a la legislatura las iniciativas de ley que el órgano superior de dirección determine; rendir a la ciudadanía un informe del estado general que guardan los trabajos realizados por el Instituto, entre otras.
Integrantes del Consejo General y de las Comisiones del Instituto
El Consejo General integra comisiones para el cumplimiento de los asuntos de su competencia. Estas pueden ser permanentes o tener el carácter de transitorias, cuando estas dejan de tener vigencia al cumplir el objetivo por el que se crearon.
Las comisiones se conforman con el número de integrantes que se acuerde para cada caso, y su trabajo se sujeta a las competencias y procedimientos que establece el Reglamento Interior del Instituto.
Las Comisiones permanentes. Son órganos colegiados que realizan y promueven, sin un plazo determinado, actividades, proyectos y trabajos conforme a las disposiciones previstas en la normatividad.
Durante los procesos electorales realizan actividades específicas del calendario electoral que coadyuvan al cumplimiento de los fines y propósitos del Instituto. Enseguida se destacan algunas de las actividades de mayor relevancia.
Las Comisiones transitorias. Son órganos colegiados creados por el Consejo General para desahogar un asunto determinado, los cuales dejan de tener vigencia una vez que cumplen con los objetivos para los que fueron creados y se presentan los informes finales correspondientes.
Las Comisiones Unidas. Son órganos colegiados integrados por dos o más comisiones para desahogar uno o más asuntos de su competencia.
Órgano encargado de la dirección operativa del Instituto; apoya al Consejo General y a la presidencia, en la atención de asuntos de su competencia; administra y supervisa el desarrollo de las actividades de los órganos desconcentrados del Instituto.
Prepara los acuerdos y las resoluciones que son presentados al órgano de dirección superior; recibe los medios de impugnación que se interpongan en contra de los actos o resoluciones del propio Consejo General y, en su caso, prepara el proyecto de resolución correspondiente.
Elabora, anualmente, el anteproyecto de presupuesto del Instituto y lo somete a consideración de la presidencia; ejerce las partidas presupuestales que el Estado asigne al Instituto e informa su ejercicio al Consejo General, al cual comunica las resoluciones dictadas por el TEEQ o las salas del TEPJF
Representa legalmente al Instituto, da fe de los actos del Consejo General y expide las certificaciones que son necesarias en el ejercicio de las funciones institucionales y funge como fedatario electoral.
Participa en los procedimientos para la constitución y el registro de partidos políticos locales y asociaciones políticas estatales; ejecuta los acuerdos en materia de financiamiento y prerrogativas para partidos políticos y candidaturas independientes; lleva el registro de candidaturas a cargos de elección popular; elabora los formatos y modelos de la documentación y materiales electorales, y supervisa su impresión y distribución.
Apoya a la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Distritales y Municipales: elabora y coordina la aplicación de los programas de capacitación electoral a quienes integren dichos órganos desconcentrados; además, coadyuva en la ubicación, instalación y funcionamiento de las mesas directivas de casilla, en coordinación con el INE.
Garantiza el funcionamiento de los procesos que permitan a los partidos políticos y candidaturas independientes tener el acceso a la asignación, recepción y operación de recursos públicos, así como otras prerrogativas para el desarrollo de su operación y el goce de sus derechos; asimismo, promueve su funcionalidad, efectividad y transparencia.
Supervisa y Coordina la integración, instalación y funcionamiento de los órganos desconcentrados; el diseño y la producción de la documentación y los materiales electorales; la instalación y operación de las bodegas electorales; el acompañamiento al INE en la examinación de lugares para instalar casillas; el Sistema de Información de la Jornada Electoral (SIJE) y el Sistema de Información y Seguimiento sobre el Desarrollo de la Jornada Electoral (SISDEJE); la recolección de la documentación y los expedientes de las casillas; las sesiones especiales de cómputos y estadística de los procesos electorales locales.
Elabora y ejecuta los programas de educación cívico electoral, paridad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político; instrumenta programas en materia de educación cívica y participación focalizados a grupos en situación de vulnerabilidad; coadyuva y propone convenios con instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil que implementan programas vinculados a la educación cívica y la participación; elabora y coordina la aplicación de los programas de capacitación al funcionariado del Instituto.
Además, realiza campañas de información para la prevención, atención y erradicación de la violencia política; elabora y coordina la aplicación de los programas de capacitación al funcionariado de las mesas directivas de casilla, en los casos que el INE delegue estas funciones o así se establezca en el convenio de colaboración.
También se ejecuta las acciones necesarias a fin de promover la inscripción de la ciudadanía en el Padrón Electoral; colabora con las autoridades federales y locales en la entidad para la difusión de temas en materia de delitos electorales; ejecuta dentro del proceso electoral las actividades relacionadas con la educación cívica y de participación, en términos de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral que emita el INE.
Propone, elabora e implementa programas de educación cívica avalados por la Secretaría Ejecutiva, con el objetivo de fortalecer la construcción de ciudadanía y el desarrollo de la cultura política – democrática con distintos grupos de la población en la entidad.
Desarrolla y aplica estrategias que permitan la realización de ejercicios, programas y acciones orientadas a construir una ciudadanía activa, participativa e interesada en los temas públicos, que ejerza plenamente sus derechos.
Propone la política institucional en materia de igualdad de género e inclusión; apoya a las comisiones para impulsar la participación política de las mujeres, personas pertenecientes a pueblos originarios y en situación de vulnerabilidad; asesora al Consejo General para que las resoluciones y acuerdos se elaboren con perspectiva de género, no discriminación e inclusión y orienta a las áreas para que los programas y proyectos estén acordes con esta política.
En colaboración con la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, registra y actualiza la información en el Sistema Informático del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género en el Estado de Querétaro.
Órgano ejecutivo auxiliar de la Secretaría Ejecutiva, en materia legal y procesal, el cual se encuentra integrado por las Coordinaciones Jurídica y de Instrucción Procesal, así como de Oficialía Electoral durante los procesos electorales; las cuales tienen facultades para elaborar proyectos de acuerdo competencia del Consejo General; tramitar, sustanciar y dar seguimiento a procedimientos sancionadores, así como medios de impugnación en la materia y atender solicitudes de oficialías electorales, respectivamente.
Elabora los proyectos de acuerdos y resoluciones que se someten al conocimiento del Consejo General; realiza y da seguimiento a las actividades derivadas de la función de Oficialía Electoral fuera de proceso electoral; asesora jurídicamente al Instituto; elabora los proyectos de ordenamientos internos y revisa los contratos y convenios en los que sea parte el Instituto; además, brinda asesoría en materia de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios; coadyuva con la Coordinación Administrativa en la elaboración del dictamen correspondiente a la solicitud de jubilación o pensión que sea presentada.
Defiende jurídicamente al Instituto; auxilia a la Secretaría Ejecutiva en el trámite, substanciación y seguimiento de los medios de impugnación; apoya a la presidencia del Consejo General y la Secretaría Ejecutiva en el trámite y seguimiento de los requerimientos formulados por autoridades; instruye, tramita y elabora, en su caso, proyectos de resolución de los procedimientos sancionadores competencia del Consejo General.
Asimismo, da seguimiento a los sistemas de registro de los procedimientos administrativos sancionadores y medios de impugnación; asesora a las secretarías técnicas de los Consejos respecto de denuncias y medios de impugnación; da continuidad a las multas impuestas en los procedimientos sancionadores; mantiene comunicación con las autoridades jurisdiccionales electorales, penales y administrativas, con la finalidad de recabar la información que estas remitan y hacerlo del conocimiento de la Unidad de Inclusión, entre otras.
Diseña, desarrolla, mantiene e implementa los sistemas de información que le sean solicitados; diseña, construye y mantiene las redes de voz y datos del Instituto; diseña y desarrolla aplicaciones para medios electrónicos y digitales; propone a la Secretaría Ejecutiva la infraestructura tecnológica que se requiera para el cumplimiento de los fines del Instituto e imparte la capacitación en la materia al personal del Instituto.
Además, realiza el mantenimiento preventivo y correctivo a los servicios y bienes informáticos del Instituto; proporciona asesoría y soporte técnico, al tiempo que coadyuva con la Secretaría Ejecutiva en la implementación de mecanismos Tecnológicos que requiera.
Órgano operativo que auxilia a la Secretaría Ejecutiva e las atribuciones relacionadas con la gestión de los recursos y el ejercicio del presupuesto; realiza los procedimientos correspondientes para el adecuado manejo de los recursos asignados al Instituto para el logro de sus funes; atiende las necesidades de recursos materiales, suministros y servicios para los órganos de dirección, operativos y técnicos; integra el anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto, informa mensualmente sobre el gasto efectuado y elabora la cuenta pública.
Órgano que tiene a su cargo la recepción y revisión integral de los informes que presenten las asociaciones políticas estatales y las organizaciones ciudadanas que pretenden constituirse como partido político local, respecto del origen, monto y aplicación de los recursos que reciban por cualquier tipo de financiamiento; así como de los partidos políticos, cuando el INE delegue esa función; como la de investigar lo relacionado con las quejas y procedimientos oficiosos en materia de rendición de cuentas de los partidos políticos.
Cumple con los acuerdos y lineamientos que emite el INE, asesora y capacita a las asociaciones políticas estatales y a las organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como partido político local, para el cumplimiento de sus obligaciones en la materia.
Coadyuva con la Comisión de Fiscalización en el procedimiento de liquidación de las asociaciones políticas estatales y los partidos políticos locales; da seguimiento a la disolución y liquidación de las asociaciones civiles creadas para formalizar una candidatura independiente, cuando así corresponde.
Recibe y da trámite a las solicitudes de acceso a la información; garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los datos personales en posesión del Instituto, fungiendo como enlace, entre las personas solicitantes y las áreas administrativas, que en su caso posean la información o resguarden los datos personales; además, da seguimiento a la actualización de la información que el Instituto pone a disposición de las personas en el Sistema de Obligaciones de Transparencia de la plataforma y en el sitio de Internet del Instituto.