El Consejo General que ejerce sus funciones de manera permanente y los Consejos Distritales y Municipales que ejercen sus funciones únicamente durante el proceso electoral que corresponda.
Es aquella determinación que se dicta en el cumplimiento de disposiciones de Ley y para la a observancia de los fines institucionales, la cual contiene un apartado relativo a los antecedentes, consideraciones necesarias para apoyar la procedencia del mismo, fundamentos, puntos de acuerdo, así como el sentido del voto de las personas integrantes del Consejo General, Consejos Distritales o Municipales con derecho a ello.
Lo anterior con la finalidad de que la ciudadanía conozca quiénes son las autoridades que tienen esta facultad para emitir acuerdos, así como su concepto establecido en el Reglamento Interior del Instituto.
Son aquellas que se dictan en un procedimiento administrativo en la materia, competencia del Consejo General o de los Consejos Distritales o Municipales que resuelven sobre el fondo de las cuestiones planteadas, las cuales deberán constar por escrito y deben dictarse en términos de lo establecido en la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Querétaro.
Lo anterior con la finalidad de que la ciudadanía conozca quiénes son las autoridades que tienen la facultad para emitir resoluciones, así como su concepto establecido en el Reglamento Interior del Instituto.