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El derecho al voto de las personas privadas
de su libertad. Gran ausente en la ruta
de la consolidación democrática
Constancio Carrasco Daza*
Roberto Zozaya Rojas**
Puede haber consenso entre los hablantes,
pero no razón mientras haya excluidos del diálogo.
Jürgen Habermas
Sumario: I. Introducción. II. Consolidación de nuestra democracia constitucional. III. El
ejercicio del derecho al sufragio activo corresponde a toda la ciudadanía. IV. Conclusión.
V. Referencias.
I. INTRODUCCIÓN
La emergencia sanitaria que ocasionó la COVID-191 nos exige re-
dimensionar todos los escenarios y dinámicas sociales. Impone a las
instituciones del Estado la necesaria revisión —a partir de una mirada
de progresividad y respeto a la dignidad humana— de las tareas que
la sociedad les ha confiado, en aras de garantizar el pleno ejercicio de
los derechos fundamentales de todas las personas.
La pandemia ha hecho evidente una realidad, si bien conocida,
pocas veces atendida con el vigor que nuestro orden jurídico atribuye
a los poderes del Estado de manera explícita. La Constitución Política
* Titular de la Unidad de Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal del
Consejo de la Judicatura Federal.
** Secretario Técnico adscrito a la Unidad de Consolidación del Nuevo Sistema de
Justicia Penal del Consejo de la Judicatura Federal.
1 De conformidad con la Organización Mundial de la Salud (OMS) la COVID-19
es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto
más recientemente —SARS-CoV-2— y en 2020 y 2021 afectó a todo el mundo.