Page 75 - LAS REDES SOCIALES Y SU IMPACTO DEMOCRACIA
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La libertad de expresión y la violencia política de género: un análisis…  73

torales no necesariamente pueden aplicar la regulación existente pa-
ra otros medios de comunicación al resolver las controversias sobre
las redes sociales, lo que ha generado nuevos criterios.

   En ese sentido, la Sala Superior ha interpretado que debido a las
características de las redes sociales éstas posibilitan un mejor ejerci-
cio democrático por lo que la intervención de las autoridades debe
centrarse en salvaguardar la interacción entre usuarios y eliminar
cualquier posible limitación de los derechos de la ciudadanía.9 Ade-
más, de que toda declaración realizada por los ciudadanos debe pre-
sumirse como auténtico ejercicio de la libertad de expresión.10

   Las redes sociales representan el gran reto de la era digital para
las judicaturas electorales. La judicatura tiene el deber de que sus
sentencias y decisiones ayuden a delimitar los alcances de los distin-
tos derechos y, en particular, debe encargarse de remover cualquier
limitación a la participación cívica y política de la ciudadanía a través
del internet.

LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO
   Ahora bien, la conquista de la participación política de las mu-

jeres ha sido larga y sinuosa. La esfera política ha sido, hasta hace
apenas unos años, histórica y preponderantemente destinada para
los hombres. Las mujeres, pues, nos hemos visto en la necesidad de
luchar por nuevos espacios en los que podamos acceder al poder. Sin
embargo, la inercia y la resistencia institucional siempre ha sido in-

9	 Tesis 19/2016, de rubro LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN REDES SOCIALES.
      ENFOQUE QUE DEBE ADOPTARSE AL ANALIZAR MEDIDAS QUE PUE-
      DEN IMPACTARLAS. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral,
      TEPJF, Año 9, Número 18, 2016, pp. 33 y 34.

10	 Tesis 18/2016, de rubro LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN REDES SOCIALES.
      ENFOQUE QUE DEBE ADOPTARSE AL ANALIZAR MEDIDAS QUE PUE-
      DEN IMPACTARLAS. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral,
      TEPJF, Año 9, Número 18, 2016, pp. 35 y 36.
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