Page 29 - LAS REDES SOCIALES Y SU IMPACTO DEMOCRACIA
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Regulación de la utilización de redes sociales para fines electorales  27

expansivo de la libertad de expresión, por ende, la postura del órgano
juzgador está orientada a salvaguardar la libre y genuina interacción
entre los usuarios como parte de su derecho humano a la libertad de
expresión. En este tenor, si un ciudadano publica contenido a través
de redes sociales en los que exterioricen su punto de vista en torno
al desempeño o las propuestas de un partido político, sus candidatos
o su plataforma ideológica, goza de una presunción de ser un actuar
espontáneo, propio de las redes sociales, a fin de originar el debate
político, debiendo eliminar aquellas limitaciones sobre el involucra-
miento cívico y político de la ciudadanía a través de internet.

   En este sentido, el Tribunal adopta un criterio laxo, en virtud de
que pondera el derecho a la libertad de expresión por encima de la
regulación que la limite, sin embargo, no por ello deja de observar
las disposiciones relativas a la propaganda electoral, así como actos
anticipados de precampaña y campaña relacionados con las redes
sociales.

   Ahora bien, es conveniente aludir a uno de los asuntos resueltos
en el pasado proceso electoral 2020-2021, por la Sala Superior en el
juicio electoral SUP-JE-88/20216 y su acumulado SUP-JE-89/2021, lo
anterior con la finalidad de tener un referente respecto al criterio del
Tribunal en torno a los límites del uso de redes sociales en periodos
electorales por lo que hace a la temática que se analiza.

   La conducta denunciada en el juicio electoral consistió en que,
con anterioridad al inicio de las campañas electorales, la persona
denunciada asistió a las oficinas del Órgano de Operación Descon-
centrada del IMSS en Colima para la entrega de la donación de un
medicamento para el tratamiento del COVID-19 denominado Nore-
pinefrina, dando así difusión en sus redes sociales, con lo que se pro-
mocionaba su imagen, por lo que a juicio del Tribunal conformaba
actos anticipados de campaña, ya que el mensaje difundido constitu-
yó un equivalente funcional dirigido a influir de manera positiva en

6	 Consultable en: https://www.te.gob.mx/buscador/#_Toc70545761 bajo el cri-
      terio de búsqueda SUP-JE-88/2021.
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