Requisitos para ser acreditado como Observador

  • Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
  • No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno, en los tres años anteriores al día de la jornada de consulta;
  • No ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular, en los tres años anteriores al día de la jornada de consulta, y
  • Asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que imparta el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores, bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del Instituto, las que podrán supervisar dichos cursos. La falta de supervisión no imputable a la organización respectiva no será causa para que se niegue la acreditación.

Los ciudadanos que deseen ejercer su derecho como observadores electorales, deberán sujetarse a las bases siguientes:

  • Podrán participar sólo cuando hayan obtenido oportunamente su acreditación ante la autoridad electoral;
  • Los ciudadanos que pretendan actuar como observadores deberán señalar en el escrito de solicitud los datos de identificación personal anexando fotocopia de su credencial para votar, y la manifestación expresa de que se conducirán conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad, y sin vínculos a partido u organización política alguna.
  • La solicitud de registro para participar como observadores electorales, podrá presentarse en forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan.