La Constitución Política del Estado de Querétaro en su artículo 32 señala que el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, cumplirá sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad, legalidad y probidad.
De la misma manera, el artículo 4 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro establece como principios rectores en el ejercicio de la función electoral la certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.